Un paso más hacia la reducción de la morosidad en las operaciones comerciales en España
Las empresas que incumplan los plazos de pago legales aparecerán en un listado anual.
Las empresas que incumplan los plazos de pago legales aparecerán en un listado anual.
Mario Cantalapiedra - Economista
El Observatorio Estatal de la Morosidad de Privada, contemplado en la Ley Crea y Crece, se ha materializado tras la aprobación del Real Decreto 439/2024 por el Gobierno español el pasado 30 de abril.
Este Observatorio, creado como un órgano colegiado en el marco del Consejo Estatal de la PYME, adscrito al Ministerio de Industria y Turismo a través de la Secretaría de Estado de Industria, tiene un doble propósito. En primer lugar, busca promover el diálogo y la intercomunicación de las distintas Administraciones públicas y los agentes económicos y sociales. En segundo lugar, tiene como objetivo favorecer el cambio de mentalidad de estos agentes, para intentar reducir la morosidad en las operaciones comerciales.
El Observatorio tendrá asignadas diversas funciones, entre las que destacan el seguimiento y evaluación sistemática de la evolución de la morosidad, la creación y difusión de códigos de buenas prácticas comerciales y, de manera especial, la elaboración de un listado anual de empresas privadas que hayan incumplido los plazos de pago legales.
Este listado se elaborará anualmente, a fecha de referencia 31 de diciembre del año anterior, a partir de los datos que conocerá la Agencia Tributaria como encargada de la gestión de la solución pública de facturación electrónica de próxima implantación en España (cabe recordar que aún no se ha aprobado el reglamento correspondiente).
En él se incluirán la razón o denominación social completa de la empresa, su número de identificación fiscal (NIF), el código CNAE de su actividad principal y el importe total de las facturas pendientes de pago a la fecha de referencia que hayan superado el plazo legal máximo de pago.
El listado estará accesible durante tres meses tras su publicación y no podrá incluir a personas físicas o empresarios individuales. En cualquier caso, las empresas que vayan a ser incluidas en el listado anual serán notificadas con antelación y tendrán la oportunidad de presentar alegaciones.
En esencia, este listado pretende ser un instrumento disuasorio para las empresas que incumplen los plazos legales de pago. Con medidas como estas, es posible que asistamos gradualmente a un cambio cultural en los plazos de pago en España, un cambio que muchos llevamos años reclamando.