29 julio 2010
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Siete diferencias entre "leasing" financiero y "renting"

Elegir entre leasing financiero o renting suele depender de los objetivos que persiga la empresa, Las cuotas de renting son deducibles (IRPF e IS) en su totalidad, siempre que el bien se destine a actividad empresarial o profesional.

Mario Cantalapiedra - Economista

Elegir entre leasing financiero o renting suele depender de los objetivos que persiga la empresa. Si lo que quiere es obtener la propiedad de un bien, no tiene inconveniente en endeudarse y el objeto del contrato es un activo que no se encuentra expuesto a rápidas transformaciones, el leasing financiero puede ser la mejor opción. Si, por el contrario, la empresa no persigue la propiedad del bien sino únicamente su disfrute, no desea, o no puede, endeudarse y el activo se halla expuesto a una rápida obsolescencia, puede ser más interesante optar por acordar una operación de renting. No obstante, no son alternativas que siempre estén disponibles para todos los bienes que la empresa pueda necesitar, luego a veces no existirá total libertad a la hora de elegir entre una u otra.

 Veamos cuáles son las diferencias entre leasing financiero y renting desde diferentes ópticas:

 1. Financiación

 El leasing financiero es una fórmula de financiación.

 El renting es una prestación de servicios.

 2. Actividad arrendatario

En el leasing financiero se requiere que el arrendatario realice una actividad empresarial o profesional.

En el renting no es necesario que el arrendatario realice una actividad empresarial o profesional.

3. Opción de compra

El leasing financiero incluye opción de compra.

El renting no incluye opción de compra. Puede ofrecerse la posibilidad de negociar, al finalizar el contrato, la transmisión del bien en función de su valor de mercado.

4. Duración

El leasing financiero tiene una duración mínima establecida legalmente. En el caso de que se realice sobre un bien mueble, ésta será de dos años, mientras que en el supuesto de leasing efectuado sobre un inmueble o un establecimiento industrial, la duración mínima se eleva hasta los diez años.

El renting no contempla duración mínima legal.

5. Contabilidad

La operación de leasing financiero se refleja tanto en el activo como en el patrimonio neto y pasivo del balance.

Las cuotas del renting se recogen directamente en la cuenta de pérdidas y ganancias. Su contabilización es más sencilla.

6. Tratamiento fiscal

En el leasing financiero la parte de intereses de la cuota es deducible cien por cien (IRPF e IS), mientras que la correspondiente a amortización lo es con ciertos límites.

Las cuotas de renting son deducibles (IRPF e IS) en su totalidad, siempre que el bien se destine a actividad empresarial o profesional.

 7. Seguro y mantenimiento

En el leasing financiero el seguro y mantenimiento del bien corren a cargo del arrendatario.

En el renting el seguro y mantenimiento del bien corren a cargo del arrendador.

 

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