La nueva Ley Concursal y su coincidencia en el tiempo con medidas concursales extraordinarias por la COVID-19
Mario Cantalapiedra - Economista
La crisis económica provocada por la COVID-19 hace que por desgracia vuelvan a cobrar protagonismo los concursos de acreedores, es decir, aquellos procedimientos judiciales especiales previstos para gestionar y administrar el patrimonio de personas naturales o jurídicas insolventes. Sin ir más lejos, desde Quabbala Abogados y Economistas, se prevé que sean presentados entre 50.000 y 60.000 concursos de acreedores como consecuencia de la pandemia.
En este sentido, se acaba de publicar en el BOE la nueva Ley Concursal, en concreto, el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, cuya entrada en vigor se producirá el próximo 1 de septiembre. Es un texto muy esperado y que nace con vocación de permanencia. No obstante, y debido al actual estado de alarma por la COVID-19, va a coincidir en el tiempo con medidas temporales y extraordinarias aprobadas en el ámbito concursal.
De este modo, la nueva Ley va a coincidir con las medidas concursales extraordinarias aprobadas por el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, entre las que destacan las siguientes:
Tal como se señala en la introducción del Real Decreto Legislativo 1/2020, “en el contexto de la crisis sanitaria originada por el COVID-19 también se han adoptado medidas urgentes, de naturaleza temporal y extraordinaria, con incidencia en el ámbito concursal. El ámbito temporal de aplicación de estas medidas es limitado, pues tratan de atender de manera extraordinaria y urgente la situación de los procesos concursales tras la finalización del estado de alarma y la situación de las empresas afectadas por la disminución o el cese de actividad motivada precisamente por las consecuencias económicas generadas por la mencionada crisis sanitaria, de modo que durante un cierto período de tiempo ambas normas, texto refundido y normas excepcionales, coincidirán en su aplicación, si bien cada una en su respectivo ámbito”.