Pere J. Brachfield, profesor de Credit Management de EAE Business School y socio director de Morosología.
Según datos facilitados por diversas confederaciones empresariales, la Morosidad de las Administraciones Públicas y de las empresas privadas ha propiciado el cierre de más de 400.000 empresas y autónomos en España desde el inicio de la crisis en 2008.
Las patronales achacan a los problemas de cobro de las ventas a crédito, uno de los principales motivos de la alta desaparición de pymes que se da en España, y que es más elevada que la existente en el resto de Europa. Así pues las estadísticas revelan que el 65 por ciento de las pymes creadas en España, desaparece después de los primeros 5 años de existencia; y una vez transcurridos los primeros 6 años desde su constitución sólo permanecen en funcionamiento el 25 por ciento de las empresas. Hay que tener en cuenta que el 30 por ciento de las empresas de nueva creación mueren antes de cumplir el primer año de vida. Asimismo los dos primeros años de existencia son muy duros para las pymes, puesto que el 50 por ciento de las empresas desaparecen durante este período. Además el promedio de vida del 90 por ciento de las pymes españolas es de diez años.
Con respecto a las microempresas la escabechina es terrible, puesto que el 50 por ciento de estas empresas no llega a cumplir ni siquiera su primer año de vida. Y respecto a los empresarios individuales, menos del 45 por ciento de las empresas sin asalariados que se crean en España permanece en activo después de los 4 primeros años de vida. Así pues el motivo del cierre prematuro que padecen muchas pequeñas empresas tienen mucho que ver con los pagos aplazados para las calendas griegas que practican las empresas más grandes y que constituye un auténtico cáncer para las empresas de reducido tamaño.
Como muestra de la problemática de las facturas impagadas, según las estimaciones realizadas por los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), las pymes y los trabajadores autónomos españoles cargan con 800 millones de euros anuales correspondientes por el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de facturas que aún no han llegado a cobrar debido al aumento de la morosidad e impagos. Según los Técnicos de Hacienda en la actualidad, el empresario debe ingresar a la Hacienda Pública el IVA de las facturas emitidas, independientemente de si las han cobrado o no. La negativa del Gobierno para buscar soluciones que puedan paliar este problema ha dejado que las únicas alternativas en caso de morosidad son solicitar un aplazamiento del pago para no anticipar el impuesto no cobrado, lo que conlleva un interés de demora del 5% anual que aplica la Agencia Tributaria, o bien, transcurrido un año desde el impago, rectificar la factura impagada pero teniendo que seguir unos requisitos muy exigentes .
Para más información sobre el tema se pueden consultar los libros “Gestión del Crédito y Cobro”, “Cobro de Impagados y negociación con deudores” y “La nueva legislación contra la morosidad descodificada” de Profit Editorial www.profiteditorial.com o la web www.morosologia.com