22 marzo 2011
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Hágase lo que se deba y débase lo que se haga

Pere J. Brachfield, asesor de la PMCM, y socio director de Morosología, Experto en morosidad.

Corría el año 1887 y el entonces alcalde de Barcelona, el prócer Don Francisco de Paula Rius i Taulet, se encontró con que el gran proyecto de la Exposición Universal que iba a colocar a la Ciudad Condal en la primera división de las urbes mundiales  se había paralizado por falta de financiación. Los promotores privados de la Exposición habían tirado la toalla porque el plan era demasiado costoso para su capacidad económica y no podían seguir sufragando el proyecto. El primer edil decidió asumir el faraónico proyecto con cargo al presupuesto de la ciudad y a contrarreloj impulsó su finalización en mayo de 1888 en un titánico esfuerzo para cumplir los plazos de ejecución de las obras de la Exposición. Ante las reticencias de varios concejales y funcionarios municipales provocadas por el colosal gasto que suponía dicho proyecto para las arcas municipales y la falta de fondos para poder financiarlo, Rius i Taulet pronunció una frase lapidaria: “Hágase lo que se deba, y débase lo que se haga”. Consecuentemente el plan siguió adelante contra viento y marea y endeudando la tesorería municipal a límites jamás visto en el siglo XIX.

La Exposición Universal de 1888, realizada en un momento de depresión económica de Barcelona fue un éxito y revitalizó la ciudad, dándole una  proyección internacional que perduró durante años. Gracias a la Exposición impulsada por Rius i Taulet,  Barcelona despegó económicamente y se situó en el mapa europeo. La decidida apuesta del alcalde fue plenamente acertada, y pasó a la historia como el político que consiguió para la ciudad gran prosperidad y renombre.

Sin embargo la máxima de Rius i Taulet sentó las bases del comportamiento futuro de las Administraciones Públicas y creó escuela entre los políticos. Según un estudio reciente realizado bajo los auspicios de la Plataforma Multisectorial Contra la Morosidad, las administraciones públicas en España figuran entre  los peores pagadores de  Europa. Y para más INRI el plazo medio de pago de las AAPP se ha incrementado en tres días en el 2010, puesto que el sector público está liquidando sus facturas en promedio a 157 días. La media europea es de solamente 67 (media que España contribuye a incrementar) y en la mayoría de países de la UE las AAPP pagan a 30 días. Vale la pena señalar que en el 2011, según lo dictado por la Ley 15/2010,  la Administración está obligada a pagar a 50 días.

Cuando las administraciones públicas se retrasan en el pago a sus proveedores se produce lo que se conoce como el efecto dominó, que implica que las empresas que no reciben los pagos de las administraciones puntualmente se retrasan en el pago de sus propias facturas, de modo que sus proveedores también se ven obligados a demorar sus pagos y así sucesivamente. El incumplimiento de la legislación por parte de las AAPP españoles constituye la quiebra del estado de derecho y la UE no está dispuesta a tolerar por más tiempo los dilatados plazos de pago que existen en el Estado Español.

Para más información sobre el tema se pueden consultar los libros “Gestión del Crédito y Cobro”,  “Cobro de Impagados y negociación con deudores” y “La nueva legislación contra la morosidad descodificada” de Profit Editorial www.profiteditorial.com o la web www.perebrachfield.com

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