La Comisión Europea propuso en septiembre sustituir la actual directiva de lucha contra la morosidad, vigente desde 2011, por un reglamento que sería directamente aplicable y establecería las mismas disposiciones en toda la Unión Europea. El principal objetivo de la propuesta es la introducción de un plazo máximo único de pago de treinta días en toda la Unión para las operaciones comerciales B2B o entre empresas y Administraciones Públicas. Además, el texto propone eliminar la posibilidad de que el acreedor pueda renunciar a su derecho de reclamar intereses de demora, estableciendo su pago automático hasta que se satisfaga la deuda. ¿Qué impacto tendría esta homogeneización obligatoria de los plazos de pago a 30 días entre las empresas españolas?
De acuerdo con la oleada de otoño del Estudio de la Gestión del Riesgo de Crédito en España, que impulsan Crédito y Caución e Iberinform, solo el 9% de las empresas trabaja ya en sus pagos y en sus cobros dentro de ese plazo. Entre las empresas que tendrían que adaptarse son más las que ven la cara que la cruz de la medida: el 63% del tejido productivo cree que cobrar a 30 días a sus clientes mejoraría su liquidez y solo un 12% prevé que tendría problemas para pagar a sus proveedores en ese plazo. El estudio muestra todavía un amplio desconocimiento de esta posible evolución legislativa: el 29% de las empresas españolas aún no conoce la propuesta de la Comisión Europea para endurecer la actual normativa contra la morosidad en las operaciones comerciales.
De acuerdo con las estimaciones de la Comisión, una de cada dos facturas vinculadas a las operaciones comerciales entre empresas en Europa se paga con retraso o no se llega a pagar y una de cada cuatro quiebras empresariales se debe a los problemas de liquidez que generan los retrasos en el pago de facturas de los clientes.